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Rexona JULIÁN

BASES Y CONDICIONES PROMOCIÓN

“REXONA JULIÁN”

1. DESCRIPCIÓN.

1.1.La siguiente promoción denominada “REXONA JULIÁN”(en adelante, la “Promoción”) es organizada por UNILEVER DE ARGENTINA S.A. sita en Alf. H. Bouchard 4191, Munro, Ptdo. De Vte. López, Prov. de Buenos Aires, República Argentina (en adelante, el “Organizador”) para promocionar la venta de la línea de productos de la marca REXONA en todas sus variedades y presentaciones (en adelante, el/los “Producto/s”). La presente Promoción es sin obligación de compra de bienes o contratación de servicios y quedará sujeta a las siguientes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).

2. VIGENCIA. TERRITORIO.

2.1. La Promoción se desarrollará en todo el territorio de la República Argentina con excepción de las provincias de Salta, Mendoza, Río Negro, Neuquén y Tierra del Fuego (en adelante, el “Territorio”), desde las 00:01 hs. del día 29 de Noviembre de 2022 hasta las 23:59 hs. del día 9 de Diciembre de 2022, ambas fechas inclusive (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable.

3. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.

3.1. Podrán participar de la Promoción todas aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años, que estén domiciliadas en el Territorio y que sigan los mecanismos de participación expuestos en estas Bases (en adelante, los “Participantes”).

3.2. No podrán participar de esta Promoción, ni volverse acreedores del Premio, personas físicas menores de dieciocho (18) años, personas jurídicas, el personal del Organizador ni de ninguna de las sociedades o empresas vinculadas con éste, sus agencias de promoción ni demás personas que el Organizador contrate para proveer cualquier producto o cualquier servicio relacionado con la Promoción. Tampoco podrán participar familiares directos de los mismos, o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.

4 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN.

4.1. Aquellos interesados en participar de la presente Promoción, deberán previamente contar con una cuenta que los identifique en la red social Instagram, cuya creación es gratuita. Una vez cumplido dicho requisito, deberán: (i) tomarse una fotografía (en adelante, la/s “Foto/s”) vistiendo una camiseta de fútbol; y (ii) posteriormente subir la Foto a la red social Instagram a través de una “Historia” o “Story” (en adelante, la/s “Historia/s”) etiquetando a la cuenta de Rexona en Instagram, @rexona.arg (en adelante, la “Cuenta de Rexona en Instagram”). Se deja expresa constancia, y los Participantes aceptan, que la Historia y/o Foto no podrán exhibir la imagen de terceros, ni en ellas podrán aparecer marcas comerciales distintas a “Rexona”. Una vez cumplidos los pasos indicados, la participación (en adelante, la “Participación”) se encontrará completa.

4.2. No se considerarán para el Sorteo, según se detalla en el apartado 5.1., aquellos Participantes y/o Fotos y/o Historias que, por la configuración de su perfil en la red social Instagram, no permitan encontrar la Foto y/o Historia utilizando los criterios de búsqueda que ofrece la plataforma. Solo se admite una (1) Participación, es decir una (1) Historia por Participante.

4.3. Lo dispuesto en el apartado 4.1 otorgará a cada Participante una (1) chance de convertirse en Ganador en el marco de la presente Promoción. Serán descalificados los Participantes y/o Fotos y/o Historias que no cumplan con todos los pasos indicados en el aparatado 4.1. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. El Organizador se reserva la facultad de descalificar a los Participantes que de cualquier forma no cumplieren con lo establecido en estas Bases.

4.4. El Organizador se reserva el derecho de admisión y participación en la Promoción, estando facultado para ordenar el inmediato retiro y/o descalificación de cualquier Participante si considerase que su Participación y/o Foto y/o Historia es ofensiva y/o de mal gusto y/o contraria a la moral y buenas costumbres y/o cualquier otra circunstancia que, a exclusivo criterio del Organizador, pudiera suponer la desafectación del Participante de la Promoción.

4.5. Todos los Participantes, por el solo hecho de participar, automáticamente ceden al Organizador sus derechos sobre la Foto y la Historia que hubieren subido para participar y autorizan expresamente a que el Organizador edite y/o publique su nombre y/o su Foto y/o su Historia en plataformas digitales, redes sociales, TV, Radio, Digital, Vía Pública y cualquier otro medio de comunicación a los efectos y/o en relación a la Promoción, sin límites temporales ni geográficos, y sin derecho a contraprestación alguna a favor del Participante. Cada Participante garantiza que ha obtenido todos los consentimientos y/o autorizaciones necesarias para la explotación de su Foto y su Historia, y todos los fragmentos, nombres y personajes en ellas contenidos conforme se indicara anteriormente, incluyendo derechos de autor, derechos de imagen y cualquier otro que fuera exigible. Los Participantes manifiestan que mantendrán indemne al Organizador por cualquier reclamo que fuese presentado ante el Organizador a causa de la falsedad o insuficiencia de la garantía referida.

5. SORTEO.

5.1. El día 12 de Diciembre de 2022, a las 12:00hs. se realizará un sorteo (en adelante, el “Sorteo”) en las oficinas del Organizador, en presencia de un escribano público, tomándose como base todas las Participaciones válidas ingresadas durante el Plazo de Vigencia, entre las cuales se seleccionará al azar a través de una fórmula randómica una (1) Participación cuyo remitente será considerado Potencial Ganador (en adelante, el “Potencial Ganador”) del Premio, conforme más adelante se define. Al mismo tiempo, se seleccionarán tres (3) Participaciones adicionales cuyos titulares serán considerados, en orden de selección, Potenciales Ganadores Suplentes (en adelante, el/los “Potencial/es Ganador/es Suplente/s”) para el supuesto en el que el Potencial Ganador seleccionado en primer término, por el motivo que fuere, no cumpliese con los recaudos exigidos para la participación, asignación y/o entrega del Premio.

6. PREMIO.

6.1. El premio (en adelante, el “Premio”) puesto en juego en esta Promoción será una (1) camiseta de fútbol oficial de la Selección Argentina (en adelante, la “Camiseta”).

6.2. El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de los expresamente detallados. El Premio será intransferible y no será canjeable por dinero o bienes. El Ganador no podrá solicitar su reemplazo ni sustitución por ningún otro bien, servicio, ni prestación distinta de la indicada en estas Bases, aún cuando, por cualquier circunstancia, no pudiera disfrutar del mismo. El Premio no podrá ser retirado y/o recibido y/o utilizado, según el caso, por terceros, ni tampoco transferido a terceros.

6.3. Todos los costos que se deriven de la obtención, uso o ejercicio del Premio de la Promoción fuera de lo estipulado en estas Bases, así como todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba eventualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre el Premio o su ofrecimiento a favor del Estado Nacional, sociedades del estado, provincias o municipalidades, estarán a exclusivo cargo del Ganador. Por otra parte, todos los gastos en que incurra el Ganador como consecuencia de su participación en la presente, la obtención del Premio, entrega y utilización del mismo, incluyendo, sin limitación, los gastos de traslado y estadía en que incurran para procurar la asignación y/o retiro del Premio correspondiente, estarán a exclusivo cargo del Ganador.

6.4. Se encuentra terminantemente prohibido para el Ganador la venta y/u ofrecimiento de venta del Premio, ya sea en forma directa como a través de terceros (Ej. sitios web especializados). Todo acto por parte del Ganador contrario a lo dispuesto en el presente párrafo habilitará al Organizador o a quien corresponda, a intimar al Ganador infractor a la inmediata devolución del Premio correspondiente, y a iniciar contra el mismo las acciones judiciales del caso.

7. NOTIFICACIÓN AL POTENCIAL GANADOR, ASIGNACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO.

7.1. El Potencial Ganador será notificado de su condición por mensaje privado en la red social Instagram desde la Cuenta de Rexona en Instagramdentro de los tres(3) días posteriores a la realización del Sorteo. El Potencial Ganador deberá responder dicha comunicación dentro de las veinticuatro (24) horas corridas de haber sido notificado de su condición de tal suministrando los datos personales y documentos que el Organizador le requiera, a fin de verificar la validez de su participación. En caso que lo dispuesto en el presente apartado no sea posible por responsabilidad del Potencial Ganador o éste no cumpliere con lo dispuesto en las Bases, éste quedará automáticamente descalificado y se contactará al Potencial Ganador Suplente en su reemplazo. De confirmarse la validez y legalidad de la participación del Potencial Ganador (o en su caso del Potencial Ganador Suplente que reemplace al Potencial Ganador) y el cumplimiento de las presentes Bases, el mismo se constituirá en Ganador (el “Ganador”) del Premio de la Promoción y recibirá el contacto del personal del Organizador a fin de coordinar la fecha, hora y lugar de entrega del Premio correspondiente.

7.2. Será condición para la entrega del Premio que el Ganador suscriba el correspondiente recibo de entrega del Premio y preste conformidad por escrito a las presentes Bases.

7.3. Se deja constancia que la falta de retiro y/o recepción y/o uso del Premio por parte del Ganador en el momento en que se le indicase, por cualquier motivo o causa que fuera, incluyendo caso fortuito y/o fuerza mayor, hará perder en forma automática el derecho al Premio y a formular reclamo alguno como consecuencia de la participación en la Promoción. En tal caso, el Premio quedará en poder del Organizador.

7.4. Si el Premio resultase no asignado por motivos ajenos al Organizador, quedará en poder del Organizador.

8. RESPONSABILIDAD.

8.1. El Organizador no se responsabiliza de los daños, pérdidas (directas, indirectas y/o consecuentes), hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto los Participantes, y/o los Potenciales Ganadores, y/o el Ganador y/o terceras personas, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro y/o recepción del Premio y/o durante el uso del Premio. El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Potenciales Ganadores, el Ganador o terceros, sobre sus personas o bienes, con motivo de o en relación a su participación en la presente Promoción, por el uso del Premio correspondiente obtenido, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Potenciales Ganadores, el Ganador, acompañantes, terceros y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante; y (ii) por fallas en Internet, en la red telefónica, en el servicio de correo postal, ni por desperfectos técnicos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Promoción. El Organizador no otorga garantía de calidad ni ninguna otra en relación con el Premio que no fuere fabricado o elaborado por éste, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los proveedores del mismo.

8.2. La responsabilidad del Organizador finaliza al poner a disposición del Ganador el Premio correspondiente. El Ganador mantendrá indemne y a salvo al Organizador y a sus compañías vinculadas, a sus agencias o afiliadas por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido en su persona o sus acompañantes como consecuencia de la utilización del Premio correspondiente.

9. PROBABILIDAD MATEMÁTICA.

9.1. Las probabilidades de resultar favorecido y ser Potencial Ganador del Premio están sujetas al número total de Participaciones registradas durante la totalidad del Plazo de Vigencia. En este sentido, y a modo de ejemplo, si un Participante hubiera ingresado una (1) Participación válida, habiéndose registrado una cantidad total de mil (1.000) Participaciones de las mismas características, las probabilidades de que el Participante resulte Ganador del Premio serán de una (1) en mil (1.000).

10. AUTORIZACIÓN.

10.1. El Ganador y/o los Potenciales Ganadores y/o Participantes de la Promoción autorizan expresamente al Organizador a difundir sus nombres, DNI, voz e imagen, con fines promocionales, en cualquier medio de comunicación (incluido el sitio web del Organizador, Facebook, Instagram, etc.), sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años de finalizado dicho Plazo de Vigencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 25.326. La presente autorización es condición de participación en la presente Promoción.

11. MEDIOS DE DIFUSIÓN DE LA PROMOCIÓN.

11.1. Esta Promoción se difundirá a través de la Cuenta de Rexona en Instagram.

12. PUBLICACIÓN DE BASES.

12.1. Las presentes Bases se encontrarán disponibles en la cuenta de Rexona en Facebook, https://www.facebook.com/RexonaArgentina (en adelante, la “Fanpage”) y en el domicilio del Organizador sito en Alf. H. Bouchard 4191, Munro, Ptdo. de Vte. López, Prov. de Buenos Aires.

13. DIFUSIÓN DEL GANADOR DE LA PROMOCIÓN.

13.1. Los datos del Ganador serán anunciados en la Cuenta de Rexona en Instagram dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles de la entrega del Premio.

14. IMPUESTOS.

14.1. Todo impuesto, gravamen, carga, retención o similar (actual o futuro) que deba tributarse o se origine sobre o en relación con el Premio, será a cargo del Ganador y/o sus acompañantes.

15. MANIOBRAS QUE DESNATURALICEN LA PROMOCIÓN.

15.1. El Organizador podrá prohibir la participación en la Promoción como así también podrá no otorgar el Premio a aquellas personas que, por si o valiéndose de terceros, intenten socavar la operación legítima de la Promoción por medio de trampas, fraudes, engaños, manipulaciones o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Asimismo, el Organizador inhabilitará a cualquier Participante o Potencial Ganador que haya realizado tal conducta o llevare a cabo conductas fraudulentas en contra de los mecanismos de participación; como así también si se detectara el uso de algún sistema informático fraudulento y/o robot informático. En tales circunstancias, el Organizador tendrá la facultad de analizar la conducta fraudulenta a través de los técnicos y peritos que considere pertinente e iniciar las acciones legales que correspondan.

16. BASE DE DATOS.

16.1. Mediante el suministro de datos personales y/o Datos de Contacto (en adelante, los “Datos”) al Organizador y consecuente aceptación de las presentes Bases, el Participante autoriza al Organizador a (i) utilizar los Datos proporcionados a los efectos de la Promoción; (ii) almacenarlos en una base de Datos; (iii) enviar e-mails con promociones, información y/o novedades relacionadas con los productos que comercializa o produce el Organizador, que a su exclusivo criterio pudieran resultar de interés de los Participantes; (iv) dar a conocer la base de Datos como así también autorizar su uso a terceros, siempre que ello resulte necesario para llevar adelante la Promoción; (v) establecer perfiles y/o hábitos de consumo con fines promocionales, de marketing y/o comerciales en general.

16.2. Todo Participante podrá, en cualquier momento, solicitar de manera gratuita la actualización y rectificación de sus Datos contenidos en la base de Datos, como así también el retiro o bloqueo total o parcial de los mismos, enviando una carta documento a las oficinas del Organizador, en la calle Alf. H. Bouchard 4191, Munro, Ptdo. de Vte. López, Prov. de Buenos Aires, presentándose personalmente en dichas oficinas de lunes a viernes de 11:00 horas a 17:00 horas., o comunicándose de forma gratuita al teléfono 0800-888-6666.

16.3. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita por intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3, de la Ley Nº 25.326.

16.4. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

16.5. Para mayor información respecto de lo dispuesto en este apartado, por favor visite http://www.unileverprivacypolicy.com/spanish/policy.aspx.

17. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

17.1. Por el hecho de participar en la presente Promoción, los Participantes reconocen estar sujetos total e irrestrictamente a las condiciones establecidas en las presentes Bases, las cuales podrán ser consultadas en la Fanpage y en el domicilio del Organizador. La participación asimismo implica el reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación a la Promoción como de carácter definitivo e inapelable toda vez que las mismas no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes, se ajusten al régimen legal vigente y hayan sido comunicadas a los Participantes.

18. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN.

18.1. El Organizador de la presente Promoción se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar la presente Promoción y/o Premio, siempre y cuando dichas decisiones no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes, se ajusten al régimen legal vigente y hayan sido comunicadas a los Participantes.

19. INSTAGRAM. FACEBOOK.

19.1. Se deja expresamente aclarado que las redes sociales Instagram y Facebook no patrocinan, avalan, administran, ni están asociadas a la Promoción de ninguna forma. Los Participantes proporcionarán su información al Organizador, no a Instagram, ni a Facebook. Dichas redes sociales quedan completamente exoneradas de toda responsabilidad respecto de la Promoción y su desarrollo.

20. NO ASOCIACIÓN CON UNILEVER DE ARGENTINA S.A.

20.1. Se deja expresa constancia que ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) no tiene sociedad o relación laboral de ningún tipo con UNILEVER DE ARGENTINA S.A., ni tampoco patrocina, administra, ni está asociada a la Promoción de ninguna forma, manteniendo ambas su plena individualidad, independencia y autonomía, para todo propósito.

21. LEY APLICABLE. JURISDICCIÓN

21.1. Toda divergencias que pudieran surgir con relación a esta Promoción y a todos los efectos de la misma, las partes se someten a la Ley de la República Argentina y a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.

Noviembre 2022

Unilever de Argentina S.A.